sábado, 28 de marzo de 2009
Sobre los registros de morosos: lo que hay que saber.
En cualquier caso, no basta tener una deuda impagada para ser incluido en un registro de morosos. Es preciso que esa deuda esté vencida y que antes se haya requerido el pago. Además, el consumidor que quede incluido en un fichero debe ser informado de ello en un plazo máximo de 30 días. Hay que dejar trascurrir tres meses antes de anotar al deudor en el registro, y no se le puede incluir si se trata de una deuda contra la que ha reclamado y está pendiente de resolver.
Si paga la deuda, sus datos sólo podrán figurar en la lista de morosos durante un máximo de tres meses más, con la inicación clara de "saldo deudor cero".
El consumidor que haya sido incluido en un registro de forma indebida, tiene derecho a la rectificación o cancelación. Para ello, puede dirigirse al responsable del fichero o a la entidad que facilitó los datos, acreditando la inexistencia de la deuda, o su cancelación, y presentando una copia del DNI. Si no respetan sus derechos, denúncielo a la Agencia de Protección de Datos ( C/ Jorge Juan, 6 28001 Madrid. Tel. 913996200 - 901100099).
Copiado de Dinero y Derechos n.77 Julio-Agosto 2003.
jueves, 26 de marzo de 2009
El Estado cubrirá parte de las pérdidas de las aseguradoras, tipo Crédito y Caución
(Copiado de El Correo-Economía del 27-03-2009).
sábado, 21 de marzo de 2009
Los problemas de las empresas con las ventas a plazos en España II
Jose María Triper en Eleconomista.es 21-03-2009.
domingo, 15 de marzo de 2009
Los problemas de las empresas con las ventas a plazos en España.
En España entre el 70% y el 90% de las transacciones de las empresas son realizadas con pago aplazado.
La inversión media que realizan las empresas españolas en las partidas contables de deudores comerciales supone una media del 40% del activo total.
No obstante en ciertos sectores y según el tipo de empresa, la inversión en cuentas de clientes puede suponer del 50% al 90% del activo total.
Estadísticamente en España más del 60% de las facturas se cobran con retraso al vencimiento acordado.
Por tanto si condideramos que le 40% del activo total de una empresa está formado por la masa patrimonial de realizable, para cualquier empresa la inversión realizada en derechos de cobro por operaciones de venta de servicios supone un esfuerzo financiero considerable.
Los recursos invertidos en partidas de clientes restan capacidad financiera a las empresas y en muchas ocasiones provienen de financiación a corto con coste.
Los retrasos en el pago a los proveedores es la causa directa del 25% de las suspensiones de pagos de las pymes.
Este estado de cosas se puede controlar con gran eficacia con los servicios de "Credit Management" de la misma empresa o externalizados con compañías especializadas, como Icuris-Iuris Justitia Creditor. Es una labor poco conocida en España, pero muy extendida en otros paises de nuestro entorno.
Tomado del manual de servicios para las empresas de Icuris.
domingo, 8 de marzo de 2009
El lado oscuro de los seguros de crédito.
En primer lugar, la cuestión principal estriba en el importe de la prima anual que dicho seguro supone. Este importe oscila desde un 0,5% a un 2% del volumen total de ventas. Además dicha prima cuenta con un mínimo anual que suele corresponder con el porcentaje estipulado calculado sobre 600.000 € teóricos de ingresos. Partiendo de la premisa, que existen muchas empresas, que su beneficio oscila de un 5% a un 12% de sus ingresos totales, la cuantía de la prima no es nada despreciable.
En segundo lugar, la cobertura del seguro está limitada al estudio del cliente por parte de la compañia aseguradora, y limita dicho crédito en función de los parámetros estime oportunos. Para que nos entendamos, si un determinado cliente nos solicita una venta a crédito de 20.000 € a tres meses, y la compañia sólo le concede 10.000 €, la aseguradora sólo va a asegurar esos 10.000 €.
sábado, 7 de marzo de 2009
La morosidad se disparará cuando los parados agoten el desempleo.
Artículo de Jesús L. Ortega en El Correo 07-03-2009